A tomar mercurio

OLMEDO GUACA TIMANÁ

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Las comunidades que vienen luchando contra la minería tanto legal como ilegal y que ha sido motivo de la muerte de sus líderes sociales, quienes han visto como sus comunidades han perdido sus recursos hídricos, su salud ha desmejorado y producido muertes, pueblos enteros han quedado si el vital líquido como en la Guajira que desviaron un río para darle vida a El Cerrejón y los pobladores de la rivera y cauce del río Sambingo que quedaron sin agua potable observando los grandes huecos que dejaron las grandes máquinas amarillas que ningún alcalde ni autoridad ambiental las vio pasar ´por sus poblados. Es decir, la pérdida de sus recursos vitales como ríos y fuentes de agua han sido cambiadas por el oro por lo que en pocos años en las ollas de sancocho tendrán sancocho de oro.

Pues bien, la poderosa Corte Constitucional acaba de darle la razón a los poderosos para que acaben con nuestras fuentes hídricas, con el medio ambiente, con los ecosistemas y dejen a los pueblos sin agua y cada día la pobreza se agudice. Veamos apartes de lo que la Constitución que es norma de normas, la madre de las leyes dice a este respecto: Capítulo 4 Artículo 241: “A la Corte Constitucional se le confía la guarda de la integralidad y supremacía de la Constitución…”. Pero veamos algunos aspectos en donde esta corte-excusen que no diga honorable- se hace la de la vista gorda y deja sin voz ni voto a los colombianos de a pie. Título IV, Capítulo I, Artículo 103 “Son mecanismos de participación ciudadana… la consulta popular…”. Aquí la Corte niega este sagrado derecho de consultar al pueblo sobre decisiones que de una u otra forma lo afectan como es el caso de la minería en donde Uribe otorgó más de 100 licencias que estaban siendo consultadas por el pueblo afectado pero ahora los leguleyos de alto turmequé dicen que no.

Artículo 49:”La atención a la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”. Frente a este derecho constitucional es en donde las comunidades están defendiendo hasta con sus vidas la protección y recuperación de su salud y el ambiente pero la Corte va en contravía.

Artículo 79:”Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo”. Derecho a ambiente sano, es decir a que sus fuentes hídricas no les echen mercurio como ocurre en realidad y a que participen en las decisiones que lo afecten. La Corte cierra el paso a estos derechos y en especial a la participación en las decisiones para evitar esta catástrofe en donde prima más la ganancia de los ricos que la calidad de vida y lo mínimo que los humildes colombianos pueden aspirar: agua sana.

Pues bien, está claro que nuestra Constitución no es norma de normas sino que es manoseada por intereses oscuros a quienes no les importa si los ríos se secan como en el Cauca o si sus gentes quedan en la miseria ya se les amordazó el derecho de participación en las decisiones que los afectan por medio de las consultas populares. Así que señores de las altas cortes se los invita a que estén una semana en las regiones en donde la gente debe consumir agua con mercurio y otros químicos y que revisen los peces que poseen bolsas negras en su organismo y hagan un delicioso sancocho y consuman estos saludables platos. Gracias Corte inhumana por mandar a los colombianos a consumir mercurio.

No hay que olvidar que los grandes legislan para los grandes, que los poderosos tienen la sartén por el mango en lo económico, cultural, comunicaciones. Infortunadamente a ellos no les toca beber agua con mercurio. La sociedad tendrá que volver a la resistencia civil.