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    Negociación colectiva o diálogo social

    HAROLD MOSQUERA RIVAS

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    Luego de la movilización del pasado 21 de noviembre, el comité del paro y el Gobierno Nacional se han enfrascado en un pulso para determinar si la solución al problema que motiva las protestas debe buscarse a través de una negociación colectiva como lo solicita el comité del paro o a través del diálogo social como lo propone el Gobierno: las dos instituciones son propias del derecho laboral colectivo.

    La primera es un mecanismo para acordar entre las partes la solución de un pliego de peticiones previamente presentado, de tal forma que los acuerdos que van firmando las partes en la mesa de negociación, tienen fuerza vinculante, es decir que, son de obligatorio cumplimiento. Mientras que el diálogo social es un mecanismo en el que las partes abordan los puntos objeto de controversia en procura de una solución concertada, pero en este caso, el Gobierno solo se obliga a sentarse a la mesa en procura de acuerdos sobre los puntos, que en caso de lograrse, deberán convertirse en leyes de la República y Decretos del Gobierno Nacional.

    Para quienes no conocen las dos instituciones, parecería que se trata de lo mismo, pero en el derecho laboral se aprende que son medios diferentes para resolver problemas del trabajo. Los 13 puntos presentados por el Comité del Paro, son de diferente naturaleza, hay laborales, hay de seguridad social, tributarios, financieros, de seguridad, agropecuarios, de educación, de paz y anticorrupción.



    En consecuencia, es poco probable que en las mesas de diálogo que se están desarrollando a lo largo y ancho del país, encuentre solución. Quizás la idea sea fatigar a los protestantes para que las cosas sigan como están. Baste recordar lar movilizaciones del año 2011 en contra del Proyecto de ley que pretendía reformar la ley 30 de 1.992, se exigió el retiro del proyecto de ley y la negociación con los líderes del movimiento estudiantil.

    El Gobierno del Presidente Santos decidió retirar el proyecto, cumpliendo lo acordado en la mesa de negociación, luego se inició un proceso de discusión del que debería ser el nuevo proyecto de Ley Estatutaria de la de Educación, el cual con el tiempo se fue diluyendo, hasta quedar en nada. Al final, la ley 30 de 1992 quedó incólume y salvada por el tiempo. Tengo la impresión de que ahora, cuando hay una agenda mínima de 13 puntos por discutir y negociar, el ejercicio de recorrer todo el país realizando audiencias de diálogo social, solo va a conducir a fatigar a los inconformes hasta diluir en el tiempo sus protestas.

    Es fácil entender que el argumento de que el Comité del paro no representa a todos los manifestantes, es suficientemente sólido para al final no resolver nada, pues imposible será poner de acuerdo a todos los sectores que han protestado, para que designen un comité que los represente y acuerdo con el Gobierno la solución de los puntos objeto de reclamo, que dicho sea de paso, solo podría resolverse haciendo un cambio estructural en nuestro modelo económico.

    En consecuencia, creo que vamos a necesitar mucha paciencia para ver llegar el cambio que a tantos colombianos convocó el pasado 21 de noviembre de 2019.

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