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    Editorial: Las cárceles y la pandemia

    A la crisis sanitaria por el hacinamiento desbordado en nuestras cárceles se ha sumado un enemigo que se ensañará con detenidos y condenados, quienes tienen razones para rogar clemencia, pues el sistema punitivo colombiano no incluye, dentro de las penas, el daño a la salud de quienes han sido privados de su libertad por la comisión de hechos criminosos.

    Cuando comenzó a mostrarse la amenaza a la integridad de presos y guardianes, el Gobierno anunció la emisión de un decreto que permitiría la excarcelación de unos 10 mil reclusos con el fin de mitigar la propagación del nuevo coronavirus. De hecho, las motivaciones que se esgrimieron para dar libertad a tal cantidad masiva de presos generaron tranquilidad en que sí sería posible lograr esa meta; pero lo cierto que es con el paso de los días la polémica protagonizada entre funcionarios, magistrados, Fiscalía y otros sectores de opinión, redujo a su mínima expresión lo que pudo ser un instrumento idóneo para preservar la vida de quienes podían y pueden estar provisional o definitivamente esperando las sentencias o pagando sus condenas por fuera de los muros carcelarios.

    Entre quienes se esperaban beneficiarios de esa humanitaria medida para enfrentar la realidad vergonzante, por inhumana, de nuestras cárceles, se contaban mujeres embarazadas, madres de infantes, reclusos mayores de 60 años, presos vulnerables por causa de enfermedades, o procesados que hayan cumplido no menos del 40 por ciento de sus condenas, con el postulado de que no se beneficiara a criminales que supongan un peligro para la sociedad, para sus víctimas o para sus familias, tales como los condenados por delitos sexuales, violencia intrafamiliar, crímenes de lesa humanidad, corrupción, homicidios agravados, entre otros.

    Las recientes revueltas en varias cárceles del país, o los más del centenar de contagiados con Covid-19 en prisiones de Villavicencio y Bogotá, dejan al descubierto que la versión de la esperada normativa, contenida en el Decreto 546 de abril 14, salió mal y es ineficiente para los fines que se anunciaron; esto es, para desocupar las cárceles de detenidos y condenados que no suponen peligro, mientras pasa la emergencia sanitaria, a fin de reducir el ensañamiento del temible virus.

    Tal como lo han dicho reputados penalistas a quienes consultamos, las excesivas excepciones que trajo la versión final del referido Decreto, así como el procedimiento enmarañado al que deben someterse abogados defensores, operadores judiciales y funcionarios penitenciarios para lograr las excarcelaciones proyectadas, no llegarán más rápido que el enemigo invisible al que se pretende combatir.

    En suma, la norma finalmente expedida lejos está de proveer instrumentos jurídicos adecuados para implementar procedimientos urgentes habida consideración de la realidad sanitaria que padece la población carcelaria, pues no ofrece soluciones oportunas ni al cruel hacinamiento ni resuelve el peligro que generan los cuerpos apiñados de miles de recluso que, en algún momento, dejarán de verse como compañeros de suerte.