Violencia política y paz (9)

ROBERTO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

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Dice el Instituto Kroc, de la Universidad de Notre Dame – Estados Unidos, que “el Acuerdo de Paz entre el Gobierno colombiano y las Farc es el más completo del mundo… el primero en una lista de los 34 mejores acuerdos de paz que se han firmado desde 1989”. Lo es -dicen los académicos- por 4 razones: Por el alto número de reformas políticas que contiene; por el nivel de detalle de esas reformas; por haber sido elaborado tras una larga y difícil negociación; y por el alto contenido de garantías para su implementación.

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En duda de que fue un Acuerdo bien construido, y que -encima- fue reajustado. Casi siempre los acuerdos de paz que ha valorado el mundo se han centrado en reformas militares y policiales, pero en cambio en Colombia tomaron por base las reformas sociales y el bienestar de las víctimas, lo que nos hace diferentes. Con estos Acuerdos el riesgo de volver a la guerra es mínimo, claro, si se cumplen de manera participativa.

Al Acuerdo Final no se está quedando en el papel, se está complicando en su ejecución, se lo está obstaculizando. Apenas se completan dos años, pero ya debería ser clara la etapa de “construcción de la paz” que sin embargo todavía está discutiéndose. Internacionalmente las cosas están claras, y por eso se apoya al proceso, pero nacionalmente muchos no ven la conveniencia de dicho proceso.

En el tema del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de no repetición, las partes invirtieron 20 meses, a pesar de que ya existía un “Marco legal para la paz”, que las Farc rechazaron por considerar que la amnistía que consagraba no se atenía a las normas de Derecho Internacional.

En lugar de este Marco, acordaron “10 principios” que reivindicaran a las víctimas, sin impunidades. Si, como se espera, se reconocen las culpas en los hechos victimizantes habrá penas reducidas, tal como ocurrió con la Ley de Justicia y Paz del paramilitarismo; pero si no se reconocen esas culpas habrá penas de 20 años de prisión.

Sin embargo, posteriormente, la Corte Constitucional excluyó a los terceros comprometidos en el conflicto por considerar que la JEP no sería su juez natural, con lo cual abrió las puertas de la impunidad.

Las Farc aceptaron el Derecho Internacional que antes no habían reconocido. Las ventajas obtenidas han sido ya establecidas por la Comunidad Internacional; el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos regulan las decisiones acordadas, los principios que se siguen son los de los derechos humanos y los consagrados para las víctimas, y las sanciones establecidas van de acuerdo a que se reconozcan o no las responsabilidades y culpas.

El Acuerdo Final contiene múltiples seguros jurídicos que obligaran a su cumplimiento, pero el principal blindaje debe ser político, a pesar de que nuestras clases dirigentes no estén acostumbradas a cumplir con los acuerdos que firman. Usted, al lado de otros, pueden construir ese blindaje.