FRANKLIN MOSQUERA PISSO
Gran expectativa genero la elección de rector de la Universidad del Cauca en toda la comarca, como todo evento en ciudad pequeña se escuchaban en las calles y pasillos universitarios los pros y los contras de los diferentes candidatos que participaron de la contienda, los foros permitieron conocerlos por sus propuestas y poco a poco se fueron perfilando los alfiles que disputarían el honor de ser rector de la institución educativa más representativa de la región.
El preámbulo de la contienda estuvo enmarcado en consignas y discursos en oposición a la politización de la universidad y a favor de la gobernanza universitaria, especialmente generada desde la representación estudiantil, de las asociaciones sindicales universitarias y como continuación del proceso de elección de egresados previamente realizado. El gran día fue el 06 de abril de 2022, cuando el consejo superior por medio de votación de sus nueve miembros eligió democráticamente el sucesor del doctor José Luis Diago Franco para el periodo 2022-2027.
En una corta sesión del máximo órgano de dirección se definió al nuevo rector del alma mater, por supuesto las reacciones no se hicieron esperar y mucho más cuando se dio a conocer públicamente por uno de los miembros del consejo como se llevó a cabo el proceso, conjeturando una supuesta “falta a la ética” del representante de las directivas académicas al no honrar su palabra, dado que previamente y de manera pública se comprometió a respetar la decisión colegiada. Para no lanzar juicios de valor con tanta presteza, vale la pena identificar las hipotéticas circunstancias que considero, determinaron tal decisión y el dilema ético en el que se encontró el señor representante. El dilema se presenta precisamente cuando el representante debe tomar decisiones que implican consecuencias de índole ético, Del Río (2007, p. 12) define el dilema ético: “cuando entran en colisión dos deberes de obligado cumplimiento o, dicho de otra manera, cuando la única forma de cumplir con una obligación sea infringiendo otra”. Por un lado honrar su palabra, por el otro ser fiel a su juramento de fidelidad constitucional cuando asumió tal dignidad, claro, el representante como un buen matemático “calculó” la decisión a tomar, toda vez que en una primera ronda de votación lo hizo en blanco, hubo empate, pudo identificar como estaban las cargas y que consejeros respaldaban a uno y a otro candidato, la gobernanza, la prevalencia de la institucionalidad, la legitimidad dada por la triestamentaria y el carácter de lo público, fueron matices que inclinaron la balanza hacia uno de ellos, ya para la segunda ronda de votación, toma la decisión por el que a la postre resulta ser el ganador. El principio de la universalidad ética no admite excepciones a favor de nadie ni de ningún interés en particular, vela por lo común y general, en ese sentido primo un fin superior.
Estos ejercicios electorales institucionales, deben ser ejemplo para la sociedad en general del desarrollo de verdaderas prácticas democráticas , es por ello que la propuesta de reforma del proceso de elección rectoral compromiso adquirido por el rector entrante, debe generar mecanismos que garanticen una verdadera participación y representación de los estamentos universitarios en el Consejo Superior, pero también que fortifiquen al alma mater de los embates de actores con intereses diferentes al bien común.
Del Río (2007, p. 12). Revista de Enseñanza Universitaria 2007, N.º 30; 58-65