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El Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca revocó la medida cautelar que obligaba a la administración municipal abstenerse de realizar el cobro y demás actuaciones en relación con el acuerdo aprobado por el Concejo de Popayán, el cual adopto un plan de 14 obras para ser financiadas a través de cobro de contribución de valorización.
Es de recordar que el fallo del juzgado Séptimo del Circuito Administrativo de Popayán había considerado el acuerdo no ajustado a la constitución y por ello ordenó como medida cautelar, la suspensión del acuerdo, teniendo como principal argumento, el posible riesgo financiero a los propietarios de los inmuebles.
Según el Tribunal Contenciosos Administrativo, el juzgado incurrió en errores procedimentales adoptando incorrectamente una medida cautelar de urgencia.
En derecho, el juzgado seguirá tratando la demanda instaurada por el señor Efrén Valenzuela Pechené, pero la administración municipal podrá seguir avanzando en los procesos para ejecutar el plan de obras aprobado por el Concejo Municipal.
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