Las madres comunitarias en Popayán adelantan una protesta desde la semana anterior debido a que exigen el cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional que ampara varios derechos ganados en manifestaciones anteriores.
El pasado miércoles 22 de marzo, la Sala Plena de la Corte Constitucional revisó el incidente de nulidad presentado por el Icbf contra la sentencia T-480 de 2016 y ayer se esperaba la respuesta a esa petición.
Dialogamos con Stella Hoyos, presidenta del sindicato Sintracihobi (Sindicato nacional de trabajadores al cuidado de la Infancia y adolecentes del sistema nacional de Bienestar Familiar) regional Cauca, quien expresó que en el mes de noviembre de 2016 la Corte Constitucional aprobó la sentencia T-480, donde “había unas reclamaciones muy justas de la madres comunitarias como el ajuste pensional para las madres enfermas y en edad avanzada, el retroactivo del pago por el salario mínimo porque apenas hace tres años gozamos de ese beneficio y también el reconocimiento que somos trabajadoras del instituto y no tercerizadas”.
Según la vocera sindical, en Bogotá la directora nacional del Icbf, Cristina Plazas, hizo la petición para que se revise la sentencia y se pierdan los efectos de la misma “pero decimos que no, es algo que nos ganamos y se aprobó, porque es una deuda social que tiene el Estado con estas mujeres. Lo que queremos es que no se echen para atrás ni existan presiones ni dádivas; por eso pedimos el apoyo de los padres de familia y a la comunidad en general”.
De acuerdo con Hoyos, llevan una semana en protesta y se ha presionado desde Bogotá a las madres comunitarias para que no participen del cese de actividades “diciéndoles que nos van a cerrar los programas y que los niños los van a trasladar pero les hemos dicho que no se intimiden”. Agregó que el gobierno nacional no ha cumplido con el aumento nutricional para los niños.
En Popayán son alrededor de 200 madres que se unieron al paro. En municipios como Guapi también hay protesta en la sede del Icbf y en varios departamentos a la espera de una respuesta definitiva.
La Corte Constitucional en sentencia T-480, tuteló los derechos fundamentales a la igualdad, a la seguridad social, a la dignidad humana, al mínimo vital y al trabajo de la madre comunitaria Inés Tomasa Valencia Quejada desde el veintinueve (29) de diciembre de 1988 o desde la fecha en que con posterioridad se haya vinculado al Programa Hogares Comunitarios de Bienestar, hasta el 31 de enero de 2014 o hasta la fecha en que con anterioridad haya estado vinculada a dicho programa.
También declaró la existencia de contrato de trabajo realidad entre el Icbf la misma madre comunitaria desde el 29 de diciembre de 1988 o desde la fecha en que con posterioridad se haya vinculado al Programa Hogares Comunitarios de Bienestar, hasta el 31 de enero de 2014 o hasta la fecha en que con anterioridad haya estado vinculada al referido programa. Asimismo reconocer y pagar los salarios, prestaciones legales y parafiscales dejadas de percibir.
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