Las responsabilidades por los “desastres naturales”

AL ESTRADO

Sección desarrollada en alianza con
Riveros Consulting ahora también presta sus servicios en la ciudad de Popayán y a partir de hoy nuestros lectores podrán enviar y tener respuestas a sus preguntas sobre sus derechos, la regulación de sus negocios y en general, la solución a todas sus dudas jurídicas., así como consultar casos relacionados con el tema de la columna
Envíe sus preguntas a:
www.riverosconsulting.com

Cuando llega la época de lluvias ocurren tragedias que muchas veces resulta que habían sido “anunciadas” a pesar de lo cual, quienes debían haber actuado para evitarlas o para impedir o disminuir sus consecuencias no lo hicieron.

Si ocurre un deslizamiento que causa daños materiales, aparentemente estamos frente a un caso fortuito o de fuerza mayor con las características de “imprevisible” e “irresistible” y, por tanto, para decirlo, en términos simples nadie responde.

Sin embargo, si se trata de una “tragedia anunciada” deja de ser “imprevisible” y quizás también “irresistible”, a lo cual se agrega con frecuencia que tras las primeras indagaciones resulta que el hecho tampoco fue tan “natural” sino que fue ocasionado o precipitado por la intervención humana, casos en los cuales alguien debe responder.

El cierre indefinido de la vía que conduce de Bogotá a Villavicencio ocasionado por grandes deslizamientos de tierra que ha causado algunos daños y multimillonarias pérdidas económicas ha hecho que se plantee nuevamente la pregunta de si alguien tiene que responder o si se trata de un hecho de la naturaleza imprevisible e irresistible. Situación similar se repite a lo largo y ancho del territorio colombiano por estos días.

Algunos empresarios afectados nos han consultado ese caso particular y hemos encontrado que el hecho no era imprevisible, la propia firma concesionaria de la vía había advertido hace varios años del riesgo de deslizamiento, prácticamente de colapso de la montaña, en los puntos donde ahora han ocurrido. La Contraloría General también lo ha señalado en un informe reciente sobre la gestión contractual de las obras de ese corredor vial.

Se dice también que la ubicación de alguna empresa agroindustrial en la parte alta de la montaña aceleró el hecho por la cantidad de agua que vierte en su proceso de producción. Algunos “culpan” a la alcaldía municipal por haber modificado su plan de ordenamiento territorial y permitido la ubicación de esa empresa en ese lugar.

Sea de ello lo que fuere, lo cierto es que en ese caso parecen estar en cuestión los elementos esenciales que eximen de responsabilidad: la imposibilidad de prever el hecho y/o de resistirlo.

En Colombia, muchas de las tragedias han sido anunciadas. La de Armero tenía algunas advertencias, la más reciente ocurrida en Mocoa estaba “cantada” a pesar de lo cual no hay antecedentes judiciales de declaratoria de responsabilidad por esos hechos porque las víctimas asumen que se trató de un hecho de la naturaleza por el que nadie debe responder.

Hay sí decenas de declaratoria de responsabilidad del Estado por daños puntuales causados en deslizamientos de tierra ocurridos en las vías públicas. El Estado se ha visto obligado a indemnizar a las familias de personas fallecidas en hechos como éstos, por ejemplo, en la carretera de Quibdó a Medellín en la que desgraciadamente se repiten situaciones así.

No se ha tratado de responsabilidad porque el hecho se hubiera podido impedir, sino porque se hubieran podido evitar las consecuencias. Las autoridades no cerraron oportunamente la carretera y permitieron el tránsito de personas a pesar de que se sabía que podía ocurrir el deslizamiento.

En el caso de la vía a Villavicencio surge un nuevo cuestionamiento y es el de la responsabilidad del concesionario que recauda un peaje y asume el deber no solo de construcción sino de mantenimiento de la vía. La Contraloría ha advertido que en el contrato se excluyeron los sitios críticos de la responsabilidad del contratista, de la misma manera que, por ejemplo, se excluyen las enfermedades previas, en un contrato de seguros o de vida, lo cual volvería a trasladar la responsabilidad al Estado.

Estos casos son complejos pero las personas a las que se le ha causado un perjuicio tienen el derecho a que se les resarza si el hecho se podía prever y si alguien debería haber actuado para evitar las consecuencias dañosas.

 

MÁS EN AL ESTRADO

Derechos pensionales y nuevas formas de familia

A partir del reconocimiento de nuevos tipos de familia, la jurisprudencia ha ampliado la condición de beneficiario de una pensión de sobrevivientes o de la sustitución pensional a supérstites de parejas del mismo sexo, a dos personas simultáneamente, a hijos de crianza y hasta a las personas que formaban con el causante una familia poliamor Leer más#

Black Friday y derechos de los consumidores

Si compra por internet, hágalo con confianza, la ley le confiere un conjunto de derechos para que no sea víctima de engaños e incluso le permite retractarse si lo que compra no satisface sus expectativas.  Leer más#

La oportunidad de las compras estatales

Las pequeñas y medianas empresas tienen grandes oportunidades de negocios en los contratos con el Estado. El contratista tiene que ser escogido mediante una convocatoria pública a la que no hay que tenerle miedo. Con una buena asesoría es posible obtener esos contratos. Leer más#

Que devuelvan lo que nos cobraron de más

Si bien, en lo contratos entre particulares el precio, por regla general, se fija libremente entre las partes, hay muchos casos en los cuales usted podría reclamar si le cobraron «de más». Cuando son contratos estatales, lo funcionarios tienen el deber de recobrar cuando el precio fue más alto de lo «justo». Leer más#

Hay que facilitar el desarrollo de las empresas con base en TICs

Las empresas y negocios con base en tecnologías de la información y comunicación que se desarrollan a través de aplicaciones, en los últimos años han tenido un crecimiento exponencial en todo el país. Esta nueva realidad, tiene a la opinión pública y al Estado pidiendo regulaciones para todo. Leer más#

En temas electorales hay que asesorarse bien

Actualmente existen miles de personas en Colombia pensando en postularse para las elecciones del mes de octubre, pero antes de iniciar campaña, la recomendación es tener absolutamente claro el régimen de inhabilidades y su aplicación respectiva. Leer más#

Redes, Apps, contratos y regulaciones estatales

El derecho está en una especie de revuelo como consecuencia de los desarrollos de las tecnologías de la comunicación a partir de las posibilidades que otorga la internet. Las redes sociales y el emprendimiento a través de aplicaciones van más rápido que el derecho y sus respuestas.Leer más#

El viacrucis de la convalidación de los títulos en el exterior

Ante el incremento de colombianos estudiando en el extranjero, hemos recibido varias consultas de ciudadanos que buscan una salida jurídica a la cantidad de trámites y tiempo que implica el proceso de convalidación del título. Leer más#

Los arrepentidos de los fondos privados pueden volver a Colpensiones

Casi a diario nos consultan personas sobre la posibilidad de devolverse al régimen de prima media si,  como casi todos los que consultan, han cumplido más de 47 años en el caso de las mujeres o más de 52 en el caso de los hombres.La respuesta contundente es sí. Leer más#

¿Quién responde por las pérdidas que está dejando la minga?

Nos llegaron varias consultas de quienes fueron perjudicados, lo cual nos ha llevado a estudiar y trabajar en estos casos. La pregunta es ¿Quién debe responder por las pérdidas económicas que ha generado un paro de más de 20 días? Leer más#