La “vaciada” del Viceministro a Santos

HÉCTOR RIVEROS SERRATO

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El Congreso aprobó el proyecto de ley mediante el cual se reducen los aportes en salud de los pensionados que devengan menos de cuatro salarios mínimos mensuales. Se trató de una promesa hecha por el Presidente Juan Manuel Santos en época de su campaña a la reelección, que, sin embargo, ahora el Ministerio de Hacienda dice que es imposible de cumplir y por ello pide al Presidente que objete la ley.

Seguramente pensando en la imagen del Presidente Santos el 30 de diciembre de 2013, en Cartagena, con líderes sindicales, firmando un pacto en el que incluía esa promesa, el Viceministro, Andrés Escobar, dijo molesto a los periodistas: “tenemos que tener cuidado de prometer cosas populistas en épocas electorales”.

Escobar, que es un economista serio, le parecía que esos políticos como Santos, hacen “promesas vacías” cuando ofrecen cosas sin saber de dónde van a sacar la plata. El Viceministro no solo no matizaba las críticas cuando los periodistas la recordaban que esa había sido una promesa del Presidente acompañado de su jefe Mauricio Cárdenas, sino que hacía énfasis en la importancia de ser serios en materia económica.

Tiene razón el Viceministro: en esos políticos populistas que hacen promesas vacías no se puede confiar.

Más allá de la anécdota, el caso es interesante porque nos pone de frente con las razones de desconfianza enorme de los ciudadanos en los políticos, el estilo de gobernar del Presidente y unos temas jurídicos sobre la iniciativa legislativa de los congresistas y la representación del gobierno en el Congreso.

Me voy a saltar el primer tema, el de la desconfianza porque es el más obvio, aunque faltan por calcular los costos políticos que esa objeción puede tener en el 2018. El estilo de gobierno de Santos y sus consecuencias jurídicas en este caso merecen una reflexión.

Escobar dice que el gobierno debe objetar el proyecto porque no tenía el aval oficial que exige la Constitución para los casos en los que se ordena gasto público. Hay, sin embargo, registros, incluso relativamente recientes, en que Ministros de Santos se muestran de acuerdo con el proyecto.

En septiembre de 2016, la entonces ministra Clara López dijo en el Congreso, refiriéndose al proyecto: “es una necesidad sentida y creemos en la justeza del proyecto. Este Ministerio considera que el objetivo del proyecto de Ley es loable y que está conforme a los principios de un Estado Social de Derecho“.

En la página web oficial del Ministerio del Trabajo, con fecha 7 de septiembre de 2016, se dice expresamente que la Ministra: “le dio el visto bueno al proyecto de ley que disminuiría del 12 al 4% el aporte que realizan los pensionados para salud.

Con ese guiño, senadores de la Unidad Nacional, como el vallecaucano Edison Delgado, quien obró como coordinador ponente, siguieron adelante con la iniciativa.

Es cierto que el Ministerio de Hacienda alertaba sobre la dificultad para cumplir con la promesa y enviaba cartas al Congreso dejando esa constancia. Santos guardaba silencio y muy probablemente le decía a cada Ministro que lo que cada uno decía era lo que había que decir.

Ese caso de doble personalidad gubernamental abre un interrogante constitucional sobre la manera de probar el “aval” gubernamental en los proyectos de ley. ¿Podría la Corte Constitucional decir que el proyecto no contó con el aval del gobierno si el ministerio del trabajo siempre lo apoyó? ¿Los Magistrados dirán que hay un Ministerio de superior jerarquía que los otros?

Pero más todavía, no es tan obvio que los congresistas requieran el aval oficial para aprobar el texto que aprobaron. Esa es una discusión larga, que seguramente el Viceministro que está, con razón, aterrado de la conducta de políticos irresponsables, no conoce al detalle.

Por ejemplo, no habrá estudiado con cuidado la sentencia C 911 de 2007, que estudió un caso parecido en el que el congreso aprobó un aumento de la remuneración que recibían las madres comunitarias sin que hubiera contado con el visto bueno del gobierno.

La Corte declaró infundadas las objeciones y dijo que las normas de racionalidad fiscal “no deben constituirse en medios que cercenen el ejercicio de la función legislativa por parte del Congreso de la República o que confieran un poder de veto al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en relación con el trámite y aprobación de los proyectos de ley, pues ello vulneraría la autonomía del legislador y el principio de separación de las ramas del poder público”.

El ministro Guillermo Rivera dijo que la objeción no se refería exclusivamente a la falta de aval por tratarse de gasto público sino a un vicio en el trámite legislativo relativo a la forma como se aprobó la conciliación en las dos cámaras. No tuve como corroborar ese hecho y habría que mirarlo con detenimiento.

Se avecina un pulso interesante primero entre el ejecutivo y el Congreso para saber si éste último acepta o no las objeciones de una parte del gobierno, que como dijo la Corte suele creer que tiene poder de veto.

Si, como es de esperarse el Congreso insiste será la Corte Constitucional la que deba decidir ese raro caso de que el gobierno da el aval con una mano y lo niega con la otra y definir el alcance de la iniciativa legislativa de los congresistas. Será la misma Corte que, en el caso del fast track, subrayó que el Congreso no puede ser un simple notario de las iniciativas gubernamentales.

En mi opinión, los pensionados tienen todas las de ganar en este caso. Por ahora, en 2018 Escobar se informará mejor para no votar por esos políticos populistas que hacen promesas vacías.