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    AVISO DE REMATE

    EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYAN (CAUCA) HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR, RAD. 2013-00567-00, propuesto por el BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A., contra HOBET NARANJO NARVAEZ, se ha señalado el día 21 de junio de 2017, a partir de las tres de la tarde (3:00p.m.) para llevar a cabo la DILIGENCIA DE REMATE del bien mueble consistente en un vehículo automotor de PLACAS TJW 203, MARCA JAC, COLOR BLANCO, MODELO 2013, CAMION, LINEA HFC, SERVICIO PUBLICO de propiedad del demandado. Será postura admisible de esta LICITACION, la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del avalúo del bien mueble avaluados en la suma de $48.700.000 y previa consignación del cuarenta por ciento (40%) como porcentaje legal para hacer postura. Téngase para todos los efectos que el secuestre dentro del presente asunto es la señora ADRIANA LUCIA AGUIRRE PABON, residente en la carrera 9 No. 9- 49, OFIC. 501 EDIFICIO ARISTI de Cali (V). De conformidad con lo previsto en el artículo 450 del C.G.P., se fija el original del presente AVISO de REMATE, en lugar público de la Secretaría del Juzgado, siendo las ocho de la mañana (8:00 AM) de hoy 24 de mayo de 2017. FREDY HERNAN ORDOÑEZ GUTIERREZ

     

    AVISO DE REMATE

    LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO POPAYAN- CAUCA HACE SABER: Que dentro del PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO adelantado por BANCO CAJA SOCIAL a través de apoderado judicial por: DORIS CASTRO VALLEJO DEMANDADO: SILVIO HERNAN LOPEZ PAZ, radicado bajo el No.190013103006 -2012 -00224 -00 ,se ha fijado el día OS de JULIO de 2017 , a partir de las 9:30am de la mañana para practicar el remate del siguiente bien inmueble embargado secuestrado y avaluado en el presente proceso, consistente en: Bien inmueble ubicado en la carrera 1 No 4-21 en la localidad de Tunia Vía panamericana con matricula inmobiliaria No. 120 -24613 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Popayán. La licitación empezara a las 9:30 am de la mañana y no se cerrara sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó, esto es ($100.210.000* 70%) =$70.147.700, previa consignación del 40% del avaluó esto es ($100.210.000* 40%) =$40.084.000 Los interesados en participar deben presentar en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados, junto con el depósito previsto en el artículo 451 del C.G.P. Para los fines del artículo 450 del C.G.P., se entregaran copias al interesado para que sea publico el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más .amplia circulación en la localidad o en su defecto, en otro medio masivo de comunicación (RADIO PAIS 1040 AM.). Con la· copia .o constancia de la publicación del aviso, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. Para poder ver el inmueble se deben comunicar a la auxiliar de la justicia, señor secuestre JONNY ARTURO FERNANDEZ RAMIREZ residente en la calle 3 A No.13 A-15 teléfonos 3136187095 -8222588 Popayán, cinco (05) días de abril de dos mil diecisiete (2017)  ANA RAQUEL MARTINEZ DORADO

    EDICTO EMPLAZATORIO

    LA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE BOLÍVAR CAUCA, PÚBLICA: El encabezamiento y la parte resolutiva de la sentencia No. 015 de Abril 18 de 2017, debidamente ejecutoriada y en firme, así: «Bolívar, Cauca, Dieciocho (18) de Abril de dos mil diecisiete (2017).- Inicio audiencia: 9:16 a.m. del 18 de Abril de 2017. Fin audiencia 10:54 am del 18 de Abril de 2017.-PROCESO: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (MUERTE PRESUNTIVA POR DESAPARECI MIENTO)- DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA ZUÑIGA DORADO (ASISTIO)-APODERADO JL. Dr. CARLOS A. CHILITO GARCIA (ASISTIO)-P. DESAPARECIDO: RIGOBERTO ZUÑIGA DORADO-CURADORA AD. LITEM. Dra. ERIKA PAOLA MUÑOZ (ASISTIO)-SAMBONI.EXPEDIENTE:191003184001-201500077 -00-INTERVINIENTES-JUEZ: Dr. FRANKLIN A. VASQUE Z HERRERA-DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA ZUÑIGA DORADO Cc. 10.340.244 de Bolívar Cc. APODERADO JL. Dr. ARLOS A. CHILITO GARCIA-P. DESAPARECIDO: RIGOBERTO ZUÑIGA DORADO C.c. 76.333.590 de Bolívar -CURADORA AD. LITEM. Dra. ERIKA PAOLA MUÑOZ SAMBONI-(…) Acto seguido el señor Juez procede a dictar la SENTENCIA respectiva, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:- SENTENCIA No. 015-DECISION: En merito a lo expuesto el JUZG ADO PROMISCUO DE FAMILIA DE BOLÍVAR, CAUCA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, R E S U E L V E: PRIMERO: DECLARAR LA MUERTE PRE SUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor RIGOBERTO ZUÑlGA DORADO, persona natural, nacido en Bolívar – Cauca el 02 de agosto de 1962, siendo sus padres FELIPE ZUÑIGÁ CARV ÁJAL e I SABELINA DORADO, nacimiento que se inscribió en su momento en la Registraduría Nacional l del Estado Civil de Bolívar-Cauca, a Folio 170 del Libro 16 y se ceduló ante la Registraduría Nacional del Estado Civil Seccional Popayán -Cauca bajo el número 76.333.590 de Bolívar © .-SEGUNDO: FIJAR como día presuntivo de la muerte de RIGOBERTO ZUÑIGA DORADO, de las condiciones civiles anotadas, el día quince (15) de septiembre del año dos mil cuatro ( 2004) .-TERCERO: En firme esta sentencia, DISPONER que el encabezamiento y parte resolutiva de la misma se publiquen en la forma prevista por el Núm. 2° del Art. 58 3 del C.G.P, -CUARTO: Acreditada en el expediente la publicación anterior, INFORMESE lo decidido al señor Registrador del Estado Civil de Bolívar – Cauca, transcribiendo la parte pertinente de esta providencia, para que se sirva registrar la defunción del señor RIGOBERTO ZUÑIGA DORADO.-QUINTO: Sin lugar a consulta de esta decisión ;Teniendo en cuenta que no procede re curso alguno por ser de única instancia, ARCHIVESE el proceso haciendo las anotaciones de rigor en los libros respectivos. -No siendo otro el objeto de la presente audiencia, se termina a las 10:54 de la mañana y se firma la presente acta por los que en ella intervinieron, como aparece, El Juez , FRANKLIN VASQUEZ HERRERA- La Secretaria, MARTHA I.TIMANA ZUÑIGA» .

    Publicación que deberá realizarse un (1) día domingo en uno de los periódicos de mayor circulación en la capital de la República (El Tiempo y/o El Espectador), y en un periódico de amplia circulación e n el último domicilio conocido del ausente (El País) y en una radiodifusora con sintonía en ese lugar (Bolívar Stereo), tal y como lo dispone el Art. 583 Numeral 2 del C.G .P. Hoy veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017) siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.) La Secretaria, MARTHA INES TIMANÁ ZÚÑIGA

     

    EDICTO EMPLAZATORIO

    EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYA A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se consideren con derechos a intervenir sobre el bien a prescribir y que tengan interés jurídico en oponerse a las pretensiones de los actores, para que dentro del término de quince (15) días contados a partir de la DESFIJACION del EDICTO concurran a este despacho a enterarse y notificarse en forma personal del auto admisorio de la demanda DE DECLARACION JUDICIAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, propuesta por JUAN PABLO CASTELLM’JOS GOMEZ, quien actúa por intermedio de apoderado judicial Dr. JULIAN ALBERTO · ROJAS FERNANDEZ, contra URBANIZACION ACETAS LTDA- EN LIQUIDACION Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS. Se le advierte a los EMPLAZADOS, que si no comparecen una vez vencido el término señalado, se entenderá surtido el emplazamiento y se les designará Curador Ad – Litem con quien se surtirá dicha diligencia y se ejercerá el cargo hasta su terminación. El bien objeto de esta prescripción consiste en un inmueble, ubicado en la carrera 15A No. 33N-21 de esta ciudad, área total de 386,75 metros cuadrados, Matrícula Inmobiliaria No. 120-43060 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad, con Número Predial 01.01.00.00.0264. 0010.0.00.00.0000. Conforme a lo reglado en el art. 108 Y 375 del C.G.P. el emplazamiento se llevará a cabo, por una sola vez, en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, el día domingo como es «El Nuevo Liberal» o «El País», o en cualquier otro medio masivo de comunicación con amplia sintonía en la región como la radiodifusora «Caracol Radio» o «R.C.N.)», en las horas comprendidas entre las seis (6:00 a.m.) de la mañana y las once (11 :00 p.m.) de la noche cualquier día. FREDY HERNAN ORDOÑEZ GUTIERREZ

     

     

     

    EDICTO EMPLAZATORIO

    EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYÁN EMPLAZA: Al señor MILTON FERNANDO OBANDO ORDOÑEZ, C.C. 10302407, como a los Litis consorte SATURIA VARGAS MONTILLA, C.C. 25268884, RICARDO OBANDO VARGAS, C.C. 76320067, para que en el término de quince (15) días contados a partir de la publicación por un medio masivo de comunicación, comparezcan a recibir notificación personal del auto que personal del auto que admitió la demanda ((interlocutorio No .1048 DEL 22 de agosto DE 2013),dentro del proceso ORDINARIO – SIMULACION, (Rad. 2013- 462) que en su contra adelanta ANA GIRLEZA MOMPOTES, Por intermedio de apoderado judicial. Se previene a los emplazados que si transcurrido dicho término no comparece, se le nombrará Curador Ad-litem con quien se continuará el proceso hasta su terminación de conformidad con lo previsto en el Art. 318 del Código de Procedimiento Civil. Se fija el original en lugar público de la Secretaría del Juzgado hoy treinta (30) de enero de 2.017, y copia de este se le entrega al interesado para las publicaciones de ley.  FREDY HERNAN ORDOÑEZ GUTIERREZ

     

    EDICTO EMPLAZATORIO

    EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYAN CITA Y EMPLAZA A LUZ AIDA OLIVEROS SANCHEZ, YESSICA ALEJANDRA ESCOBAR TEJADA, LEYDI BRILL YT ZAMBRANO, identificadas con las cédulas de ciudadanía No. 1061703092, 101846384, 1061536443, para que comparezcan por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto que libro mandamiento ejecutivo de fecha 19 de julio del 2016, dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR que adelanta JUAN MANUEL DULCEY CEPEDA y VIRGINIA SALOME DAZA PEREZ contra LUZ AIDA OLIVEROS SANCHEZ, YESSICA ALEJANDRA ESCOBAR TEJADA, LEYDI BRILLYT ZAMBRANO. Copias del mismo se entregaran a la parte interesada para su publicación de ley. DISPONER que la publicación deberá hacerse por una sola vez, en la emisora R.C.N. o CARACOL, en el horario comprendido entre las 6:00a.m. y las 11 p.m. de cualquier día, y/o en el diario EL OCCIDENTE, el PAIS o EL TIEMPO, como medio escrito para realizar la publicación correspondiente el cual deberá surtirse el día domingo. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de personas emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el Juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicara la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información en dicho registro. ADVIERTASELE al demandado y/o quien sus derechos represente, que si transcurridos 15 días, después de la publicación en el Registro Nacional de Persona Emplazadas no comparecen a recibir notificación, se le designará CURADOR ADLITEM, con quien se surtirá la notificación personal correspondiente. Popayán, Cauca, febrero 23 del 2017 ARMANDO ORDOÑEZ ALFONSO