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JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYÁN EMPLAZA: A los demandados ALEJANDRINA MEDINAVD DE LAME y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS, de residencia desconocida, para que dentro del término de quince (15) días contados a partir de la publicación por un medio masivo de comunicación, comparezcan a recibir notificación personal del auto QUE ADMITIO LA DEMANDA, (interlocutorio No. 925 del 21 de septiembre 2017).- dentro del proceso VERBAL ESPECIAL (Rad. 2017-00549-00), que en su contra adelanta JOSE ANTONIO MEDINA LAME, por intermedio de apoderado judicial. Se previene a los emplazados que si transcurrido dicho término no comparecen, se le nombrará Curador Ad-litem con quien se continuará el proceso hasta su terminación de conformidad con lo previsto en el Art. 108 del Código General del Proceso Se fija el original en lugar público de la Secretaría del Juzgado hoy ocho (8) de mayo de dos mil Dieciocho (2018), y copia de este se le entrega al interesado para las publicaciones de ley. JESUS BOLIVAR DAZA ZUÑIGA Secretario.
© 2018, ↑ El Nuevo Liberal
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