- Inicio
- Mi Ciudad
- Mi Región
- Política
- Opinión
-
Deportes
- Copa El Nuevo Liberal
- Judicial
- Al estrado
- Clasificados
- Especiales
ELKIN QUINTERO
Señores blancos: Oíd la palabra del indio lobo que hoy se transforma en pensamientos, para marcar la transfiguración de ese lobo montés de que hablaron los Poetas, los historiadores, los Periodistas y Literatos colombianos como también de todas las personas jurídicas.
Lame, 1971
La comunicación representa una necesidad humana esencial y muy importante, así como un derecho humano básico. El derecho a la comunicación debe considerarse en el marco de la libertad de expresión y la democracia pluralista. El reconocimiento del derecho a comunicarse es esencial para la defensa general de las normas de derechos humanos. El derecho general de comunicación permite intercambiar opiniones, pensamientos y significados.
Es por ello que, a través de la movilización y presión política sostenida, los pueblos indígenas han intentado comunicarse con los otros, pero en su afán de ser escuchados han forzado al Estado a reconciliar sus demandas de reconocimiento e inclusión política, social, educativa y económica; luego de años de luchas un sinnúmero de reformas nacionales y beneficios a gran escala los han beneficiado, pero hoy sería bueno visitar sus resguardos, y conocer los bienes, colegios, extractos bancarios, proyectos nacionales e internacionales y ahondar en la rendición de cuentas de sus gobernadores, consejeros; quizás ellos son testimonio de la influencia y poder del movimiento indígena para avanzar en la exigencia de sus derechos político-jurídicos.
A pesar de los recientes eventos, el neoextractivismo, el racismo y la corrupción en el interior de sus formas de gobierno deben plantearse crecientes desafíos a los derechos indígenas para impedir que bajo la excusa de la vara y el consejo algunos sigan enriqueciéndose de manera descarada. Por lo anterior y más, nos hallamos ante una gran pregunta: ¿será que los pueblos indígenas como sujetos de derechos por la mala interpretación de la ley están sujetos al abandono de sus derechos? Es una verdadera encrucijada que no han podido resolver Presidentes, Nobeles de Paz, Senadores, Duques, consejeros y otros personajes de nuestra egocracia nacional.
En Colombia los derechos humanos se enfrentan a una crisis de sentido y legitimidad. Es una crisis con consecuencias sociales, políticas, legales, religiosas y étnicas que involucra a todos los colombianos. Es una crisis que, irónicamente, ha sido provocada por la ley o por su errónea interpretación. Sin embargo, hoy, la ironía reside en el hecho de que, si bien la protección jurídica de los derechos humanos ha salvado y cambiado vidas a lo largo y ancho del territorio nacional e incluso ha traspasado fronteras con la firme intención de reivindicar los derechos fundamentales, su éxito ha dado lugar a que se planteen múltiples preguntas sobre su fundamento y aplicabilidad. Pero, debemos recordar que la ley no es una herramienta perfecta ni neutra, el trazar líneas legales en territorios históricamente violentos crea sufrimiento en uno de los dos bandos al punto que ciertos desenlaces puedan causan dolor e impotencia, es por eso que, en nuestro país, la ley a nadie impide actuar, celebrar, exigir o boicotear incluso por las vías de hecho. Y cuando el daño esta enquistado en uno de los bandos en contienda, el significado de los derechos humanos cobra significado jurídico.
El Cauca parece no conocer el éxito de la ley en el ámbito de los derechos humanos por que ellos se han utilizado de excusas para significar algo muy importante en la exigencia de derechos humanos legales con posibles beneficios personales. Por ello, la crisis social no tiene una base defendible que aligere los egos y minimice el oportunismo; de no cambiar de estrategia, el futuro de los caucanos será incierto y la obstaculización de la vía Panamericana será el botín de mingas y derechos.
Recordemos que los derechos humanos son las condiciones de la posibilidad de la vida humana, entendida tanto en su sentido biológico como existencial. Se basan en las condiciones de la existencia humana no en el ser humano, ya que son los derechos que hacen que una persona sea un ser humano.
Comentarios recientes