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El ciudadano Luis Andrade Ríos, habla sobre su petición ante la secretaría de Tránsito y Transporte de Popayán que hiciera el 9 de abril del presente año, para la instalación de un semáforo en el puente peatonal de Unicauca, con la reprogramación de los cambios de flujo, que están ubicados en la Facultad de Ingeniería Civil, como posible solución a la congestión.
Dice el ciudadano que ahora se ha montado una prueba ‘piloto’, que consiste en cambiar en un pequeño sector el sentido de la vía carrera 2 – calle 1 norte, “con grave afectación para la vía, el entorno, las viviendas aledañas y para los servicios públicos instalados en el subterráneo de esa calzada”.
Agrega que, al Alcalde encargado le envió una comunicación donde “se detalla el evidente inconveniente de la medida que se ha tomado. En efecto, ya no solamente se tiene el embudo que se formaba en el puente peatonal de Unicauca, sino que además hoy tenemos tres”.
Según el ciudadano hay embudos en la carrera 3 en el cruce con la calle 1 norte; en la carrera 4 cruce con calle 1 norte, vehículos que bajan por la 3 – doble carril – uno a la izquierda para tomar la 4; otro a la derecha para continuar hacia la galería del barrio Bolívar. El contraflujo de occidente a oriente que llega a la carrera 4; y, los vehículos que salen en el tramo de la Universidad del Cauca hacia la carrera 4 (puente río Molino); y el tercer cuello de botella, el que se ha formado en el cruce de la carrera 2 con la calle 1 norte que se ha convertido en un “repartidor de tráfico” para el occidente, oriente y sur.
Disposiciones de ley no cumplidas
Además de lo mencionado, el señor Andrade explica que deben tenerse en cuenta las disposiciones consagradas en la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre (CNT). Cita el artículo 105 “Clasificación de las vías”, luego de la clasificación establece en los parágrafos, 1, 2 y 3., las obligaciones perentorias para las autoridades de tránsito, relativas a las consultas previas a las comunidades sobre el uso de la vía; el concepto técnico previo por autoridad competente sobre la aptitud de las vías para “resistir el tránsito de rutas de transporte público”; y, además, la prohibición del “tránsito de vehículos de alto tonelaje por las vías de sitios que estén declarados o se declaren como monumentos de conservación histórica”.
“Para el piloto que se está ejecutando, no hubo consulta a las comunidades afectadas; no existe el concepto técnico sobre la aptitud vial que ordena la ley; y, la pirámide que distingue a Popayán, el cerro tutelar de El Morro de Tulcán, es un monumento histórico que no puede correr el peligro que significa el tránsito diario y permanente de vehículos de alto tonelaje: busetas, camiones, volquetas, chivas y toda suerte de vehículos que transportan la carga pesada de sur a norte de la ciudad, por la carrera tercera habilitada para éste tipo de tráfico”, asevera Luis Andrade Ríos.
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