El deber de rectificar

ÁLVARO JESÚS URBANO ROJAS

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Causó escozor a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) mi columna de opinión del mes de agosto, titulada Suspendida doble calzada’; expresa su inconformidad respecto por supuestas imprecisiones referente al contrato 011 de 2015 firmado entre esa Entidad y el Concesionario Nuevo Cauca S.A.S, contrato que de manera dilatada, permanece en Fase de Pre-construcción.

CHRISTIAN PARDO QUINN – Jefe de la Oficina de Comunicaciones de la ANI, hace una solicitud de aclaración respecto al cierre de la totalidad de los procesos consultivos y la vigencia de la licencia ambiental de la UF3, haciendo falta el trámite de licenciamiento de las UF 1, 2 y 4; advirtiendo que se encuentran en desarrollo las actividades de operación y mantenimiento del corredor existente y la obtención de las demás condiciones precedentes para dar inicio a la Construcción. Cosa que se viene diciendo desde el principio de año y hasta la fecha nada de nada.

A los caucanos nos preocupa el aplazamiento indefinido del inicio de la obra, a pesar de que la ANI mediante radicado No. 2016 304 0282941 del 14 de septiembre de 2016 encontró satisfactoria la documentación aportada por Nuevo Cauca S.A.S., para la acreditación del Cierre Financiero, en la realidad, a la fecha no se ha materializado el cierre, ni se ha aprobado por la Banca crédito alguno para apalancar financieramente las obras, según se sabe, por inconvenientes de uno de los consorciados en temas judiciales. De lo cual se colige que si bien, la responsabilidad en la financiación del Contrato es por cuenta y riesgo del Concesionario, es el Cauca quien sufre el impacto negativo del aplazamiento en el inicio de la obra y no precisamente por causa de las consultas con los grupos étnicos, sino por motivos inherentes al cierre financiero con la banca.

Debo aclarar que mi columna es un espacio de opinión personal, que en nada compromete al medio de difusión que me permite publicarlas. Mis escritos no son de contenidos periodísticos ni noticiosos; pues los hago sustentado en el derecho constitucional a la libertad de expresión. La Constitución Política de Colombia garantiza el derecho a la libertad de expresión en su artículo 20, según el cual toda persona tiene la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones.

Si la ANI, pretende rectificar la información a la que hago referencia, dado que como columnistas estoy amparado en el principio de la buena fe, es a ella, mediante un pronunciamiento oficial, a la que le corresponde demostrar las calidades incorrectas de la información. Así lo dice la Corte Constitucional: “Cuando hay un pronunciamiento particular de un ciudadano en ejercicio democrático de opinar, la carga de la prueba para desvirtuar la veracidad del comentario, está en cabeza de la entidad pública como poseedora de la información oficial”, en tanto que mi proceder en el medio de comunicación está revestido de buena fe.

Bueno sería que la ANI se pronuncie en el Foro Abierto convocado por la Cámara de Comercio del Cauca, la Cámara Colombiana de la Infraestructura y Camacol, sobre el estado actual de la obra de doble calzada Popayán-Santander que se llevará a cabo el lunes 17 de septiembre en el Auditorio Empresarial, Cámara de Comercio del Cauca. La ANI debe entender que en una democracia participativa, los pronunciamientos de la ciudadanía adquieren especial relevancia al expresar de manera libre, las distintas opiniones y de manifestar los pensamientos personales sin miedo a ser reprimido por poderes estatales.

A los columnistas no nos corresponde aclarar, porque emitimos sólo opiniones, es a la entidad pública a quien corresponde de manera veraz y oportuna suministrar la información oficial a la ciudadanía.