Durante la celebración de la Semana Santa 2017, que inició ayer con el tradicional Domingo de Ramos, el centro de la ciudad de Popayán tendrá temporalmente hasta el próximo sábado 15 de abril, unas medidas especiales y transitorias en materia de movilidad que garanticen el normal desarrollo de las procesiones, y todas las distintas actividades culturales y artísticas que la ciudad ha programado para acoger con lujo de detalles a los miles de turistas que por estos días la enaltecen con sus agradables visitas.
Lo anterior quedo dispuesto en el Decreto No.20171500001245 que con la firma del alcalde César Cristian Gómez Castro y la de su secretario de Tránsito y Transporte Municipal, Roberto José DÍaz López, empezó a regir desde el pasado viernes 7 de abril de 2017 en todo el municipio de Popayán, y que deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Según dicho decreto, durante los días martes 11, miércoles 12, jueves 13, viernes 14 y sábado 15 de abril de 2017; el centro de la ciudad, en el sector comprendido entre la Carrera 3ª (incluida) hasta la Carrera 11 (excluida) y la Calle 3ª (excluida) hasta la Calle 8ª, estará habilitado únicamente para la movilidad de los peatones durante el periodo de tiempo que duren cada una de las procesiones y con un tiempo prudente de antelación mientras se organizan las mismas.
La norma cambia temporalmente el sentido vial de la Carrera 2ª, desde la Calle 4ª hasta la Calle 2ª, con el objetivo de habilitar un corredor vial que permita la evacuación de vehículos en el sentido sur-norte tras el cierre vehicular de las calles anteriormente mencionadas.
Igualmente, el decreto prohibe el estacionamiento de vehículos automotores en las zonas y horarios establecidos en el centro de la ciudad durante dichas celebraciones, así como también sobre la Carrera 11 entre calles 5ª y 1ª Norte, y sobre la vía de acceso al Rincón Payanés, los días mencionados.
El desacato o desobedecimiento a lo dispuesto en dicho decreto se sancionará con la imposición de multas, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002 o Código Nacional de Tránsito y demás normas concordantes.
Finalmente, en manos de la Seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana y la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal estará la labor de velar por el estricto cumplimiento de las distintas medidas mencionadas en el presente decreto.
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