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    Lo que le espera a César Cristian…

    La indagación preliminar que le abrió la Procuraduría al alcalde de Popayán es el primer paso a un posible proceso de investigación.

    Eliana Gómez

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    Varias han sido las reacciones que se han suscitado en la opinión pública, luego de que la Procuraduría General de la Nación abriera una indagación preliminar contra el alcalde de Popayán César Cristian Gómez Castro, a raíz de una supuesta sobrefacturación en relación a la campaña ‘Popayán te abraza’ del año 2016.

    Ante esta situación, y para conocer un poco más acerca de este proceso que busca verificar si existe o no una falta disciplinaria por parte del mandatario local, El Nuevo Liberal dialogó con Daurbey Ledezma Acosta, abogado independiente y especialista en Derecho Administrativo de la capital caucana.

    Al respecto, el profesional dijo que “la Ley 734 de 2002 del Cógido Disciplinario Único señala en el artículo 150 que la indagación preliminar es una etapa dentro del proceso disciplinario que se da a fin de verificar si ha ocurrido o no alguna conducta que atente contra el deber funcional de las autoridades”.

    Es palabras de Ledezma Acosta, significa que es una etapa procesal que se da por el término de seis meses, en la cual se determina si la conducta existió, si es constitutiva, o una falta disciplinaria. En caso de que exista, se procederá a examinar quién la cometió, y qué efectos puede tener la misma dentro del deber funcional que deben cumplir las personas que ejercen como servidores públicos.

    Por otro lado, el abogado explicó que, esa indagación que se le abrió a Gómez Castro, no significa que se esté llevando alguna investigación, por eso, sí la conducta existe, entonces formalmente se abre una pesquisa.





    Según el profesional, después de esta indagatoria, la Procuraduría puede tomar dos decisiones. Por ejemplo, “sí determina que existe una vulneración al deber funcional, se deberá iniciar una investigación, vinculando a las personas que crean que hayan participado en la comisión de alguna presunta falta disciplinaria, pero si por el contrario, se determina que no existe una falta disciplinaria, se procederá a archivar el expediente”, indicó.

    De acuerdo a las declaraciones de Ledezma Acosta, en caso de que la investigación continúe y de que se inicie formalmente, los funcionarios que se encuentran involucrados, deberán comparecer, (presentarse) ante las autoridades para que muestren sus pruebas.

    Después de esta etapa de investigación, y en caso de que se incurra en el hecho, según el abogado se le podría imputar pliego de cargos, que es cuando se individualiza a cada funcionario para conocer cuál fue su falta, y por ende conocer a qué sanción se debe someter por esa presunta falta disciplinaria.

    “Efectivamente, de existir una falta disciplinaria, y que además trascienda a la vulneración de bienes jurídicamente protegidas por el Código Penal, el Ministerio Público tendrá la obligación de darle el alcance a las autoridades que corresponda, es más si hay un detrimento fiscal o patrimonial de las arcas del municipio, también se deberá compulsar las copias a la Contraloría para que verifique el total de los recursos que se perdieron, y así conocer quién es el responsable de esa pérdida”, acotó Ledezma Acosta.