La salud del magisterio

HAROLD MOSQUERA RIVAS

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Desde la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993 se estableció que los docentes oficiales de Colombia, de la educación básica primaria y secundaria tendrían un régimen especial de salud, necesariamente mejor que el régimen general que la citada ley reguló respetando lo que ya se había establecido en la ley 91 de 1989. Ese régimen especial a diferencia del general no tiene Empresas Promotoras de Salud a las que puedan afiliarse los docentes, a cambio de ello, dispone una contratación cuatrienal del servicio que hasta hoy ha sido encargada a instituciones de naturaleza particular y con ánimo de lucro Desde el año 2012 los docentes del Cauca han recibido el servicio de la Unión Temporal Magisalud 2 cuya empresa principal es Cosmitet Ltda., que participó en el proceso licitatorio como único proponente pero por no cumplir las condiciones de la misma se declaró desierto y luego por vía directa se contrató con ellos, solo con la condición de cambiar el nombre de Magisalud 1 a Magisalud 2.

Durante estos años la mayoría de los docentes han sufrido el servicio prestado por la Unión Temporal, que como es apenas lógico hace prevalecer su interés en el lucro frente al servicio que debe prestar. Los docentes y sus familiares beneficiarios han debido acudir a la acción de tutela para obligar a la Unión Temporal a cumplir con sus obligaciones. Desde el año 2016 debió realizarse el proceso de selección del nuevo prestador del servicio para los docentes, pero el tema ha sido tan controversial que no se ha podido culminar el proceso y hoy el único proponente aspirando a prestar el servicio es Cosmitet Ltda., que es la empresa principal del consorcio Magisalud 2, es decir, los mismos con las mismas. La mayoría de los docentes están solicitando al Gobierno Nacional que los señores de Magisalud no continúen prestando el servicio especial de salud que la ley ordena a su favor, pues se ha diseñado un modelo en el que un solo prestador atiende en el Cauca a todos los docentes y sus familias, mientras que en el sistema general el trabajador es libre de decidir a que EPS se afilia y así mismo puede elegir la IPS que le atenderá.

Por ello no se entiende que el sistema especial, debiendo ser mejor, someta al trabajador docente al monopolio de un solo prestador, cuando lo único cierto es que su servicio en 5 años ha dejado mucho que desear. Son trágicos los casos de usuarios del servicio que murieron esperando una autorización, un medicamento o un procedimiento y ese dolor es el que mueve a la mayoría que no está dispuesta a seguir poniendo los muertos, mientras el prestador se lleva siempre las ganancias. Pues de ser un mal negocio no se entendería por qué a pesar de la cerrada oposición de los docentes, insiste de manera testaruda en prestar un servicio donde no se lo quiere. Mientras no se cambie el modelo, será difícil que los docentes puedan tener ese servicio especial que la ley ha ordenado, pero es necesario continuar luchando porque un día la salud en Colombia deje de ser el negocio que enriquece a unos pocos para convertirse en el servicio que le permite a la mayoría morirse de viejos.