Comentarios recientes

    Archivos

    Categorías

    El concepto de víctima del conflicto armado

    ROBERTO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

    Universidad del Cauca

    [email protected]

    En la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, ley 1448 de 2011, se persigue restituir tierras y reparar daños a quienes se vieron afectados por hechos del conflicto armado, es decir a las “víctimas”, entendidas como “personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos ocurridas con ocasión del conflicto armado interno” (Art. 3)

    A pesar de las buenas intenciones de la ley, nos parece un concepto restringido, que instrumentaliza (o manipula) los derechos humanos, y que hasta normaliza ciertas prácticas violentas.

    En este concepto oficial de víctima hay connotaciones religiosas, que acercan a los afectados al sufrimiento físico y al martirologio. Es un concepto que se enmarca en el individualismo. Concibe que solo hay víctimas cuando se violan normas, y –por tanto- solo habrá justicia legal, reducida. Se manejan las visiones de los derechos humanos con fines políticos, positivamente a favor de algunos cercanos a los poderes y negativamente en contra de muchos, todo dependiendo de cómo se comprende el conflicto armado.

    En los Acuerdos de La Habana tampoco se plantea una noción liberadora de la idea de víctima.

    Nos parece que debemos trascender los discursos del sufrimiento y el sacrificio, para situarnos en el campo de quienes también han sido afectados en su pensamiento, en sus derechos políticos y en sus condiciones de vida. Además, tenemos que creer que las víctimas son todo un movimiento social en resistencia, que se pronuncian políticamente, que reivindican la dignidad humana, que impulsa luchas que hacen avanzar éticamente a la sociedad. Su duelo implica acciones formadoras para todos. La víctima es un sujeto histórico, político y colectivo, que está en el centro mismo de la llamada Justicia Transicional, que busca la verdad sobre los hechos, el castigo para los violadores de derechos, la reparación de los daños causados y las garantías de que no volverán a ocurrir los hechos victimizantes.

    Pero, en este sentido, las magnitudes de las violencias colombianas y el gran universo de víctimas existentes, no permiten una conceptualización clara y precisa de las víctimas. No es posible entender que hay víctimas de primera o segunda clase, o que hay víctimas pero solo en consideración a alguno de los actores armados.

    El concepto de víctima estará siempre en construcción, y se desarrollará y avanzará a través del rescate de las “memorias históricas” sobre los hechos individuales y colectivos del conflicto. Conociendo las verdades sobre nuestras crisis sociales, los enfrentamientos, los atentados, los sujetos armados, los delitos sociales y políticos, las represiones y manipulaciones, las corrupciones, es como podremos apropiarnos de una categoría que supere lo jurídico y que libere de culpas y penas a quienes han sido víctimas de esta antidemocracia en la que nos han hecho vivir.